En esta asignatura se tocan los marcos legales nacionales, locales y municipales que rigen el ejercicio de la arquitectura y la ingeniería en los campos del diseño arquitectónico y la construcción respectivamente. De igual forma, se estudian los valores éticos entre los profesionales, pautados éstos de común acuerdo para facilitar un ejercicio profesional no defensivo ni lesivo a otros individuos u otros grupos.

Se estudia cuáles son las autoridades estatales que tienen jurisdicción en los terrenos a intervenir. Y cuáles son los requerimientos, leyes, regulaciones y reglamentos que aplican a las diferentes zonas, así como la justificación para las mismas.

jueves, 23 de septiembre de 2010

Corrección Guía de Estudio No.3 - Grupo 4

Corrección Guía de Estudio No.3.
La Ética y el Código de Ética Profesional del CODIA.

1. Qué es La Ética?

Disciplina que trata de la valoración moral de los actos humanos, además de conjunto de principios y de normas morales que regulan las actividades humanas. Parte de la filosofía que estudia el comportamiento moral de los seres humanos. Ética es la reflexión teórica sobre la moral. La ética es un análisis sistemático y crítico de la moralidad, de los factores morales que guían la conducta humana en una determinada práctica o sociedad.


2. Qué es La Moral?

Se denomina moral al conjunto de ciencias y normas de una persona o grupo social determinado que oficia de guía para el obrar de las personas. Orientar como deben hacerse las cosas. Lo que es bueno y lo que es malo.


3. Relación entre Ética y Moral (Semejanzas y diferencias)

Semejanzas:

Se encargan de nuestras costumbres y formas de actuar en la medida en que pueden considerarse como correctas o incorrectas.


La diferencia:

La moral dicta normas y criterios de actuación y la ética estudia fundamentalmente racionalmente dichas normas y criterios.

La ética tiene una base social, normas establecidas en el seno de una sociedad mientras que la moral surge como tal en la interioridad de una persona, como resultado de su propia reflexión y su propia elección.


4. Son eternos o son históricos (temporales) los principios éticos y morales? Por qué?

Son históricos (temporales) porque los define una región o cultura en una determinada época de la sociedad.


5. Cómo surgen o de dónde provienen?

Provienen de la naturaleza del hombre, las cuales han ido evolucionando en conjunto con las sociedades que los humanos hemos desarrollado a lo largo de nuestra historia.


6. Cuál es su función en las sociedades o para qué sirven dichos principios?

Identificar valores y normas que permite la convivencia entre las personas y esto sirve para orientarlos acerca de lo que es correcto o incorrecto. Su función en la sociedad es difundir a la relación entre los hombres.


7. Qué es un Código?

Recopilación de leyes o normas sobre una materia determinada.

Ciertas reglas para dar a conocer algo.

Conjunto unitario ordenado de normas y principios.

Es un conjunto unitario ordenado y sistematizad de normas y principios de un tema en específico.


8. Qué es un Código de Ética Profesional (CEP)?

Es un documento que determina los patrones, valores, símbolos, lenguaje, y practicas de una organización que se ven reflejados en la forma en que sus miembros la conducen y como sus colaboradores se desempeñan con los mismos en un ámbito profesional.


9. A qué se refiere el contenido fundamental del CEP de los IAA?

Se refiere a lo que se considera contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión para un miembro del CODIA.


10. Quién vela por su cumplimiento?

La junta directiva del CODIA


11. Qué organismo sanciona sus violaciones?

El tribunal Disciplinario CODIA


12. Cuáles pueden ser esas sanciones y qué carácter tienen?

Es de Carácter moral y sus sanciones pueden ser:

  • Advertencia
  • Amonestación
  • Censura Publica
  • Recomendación al poder ejecutivo de suspensión del exequátur por 1 año
  • Suspensión hasta por 3 años de los derechos consignados en el cap. IV del Reglamente interno Estatutario
  • Suspensión de sueldos y/o dietas por uno hasta tres meses.
  • Suspensión de funciones por uno hasta doce meses.

13. Cuáles son los 5 casos más comunes de violaciones al CEP-CODIA?

  • Hacerse responsable de trabajos o proyectos que no estén bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión.
  • Firmar inconsultamente planos, cálculos, diseños o cualquier otro trabajo intelectual fruto de la labor de otros profesionales.
  • Utilizar posiciones en organismos o entidades oficiales, semioficiales, autónomas o privadas para actuar con deslealtad en contra de los genuinos intereses nacionales o que tengan consecuencias contrarias al buen desenvolvimiento de los profesionales.
  • Recibir, ofrecer u otorgar comisiones indebidas o utilizar influencias reñidas con la lícita competencia para conseguir el otorgamiento de contratos, trabajos o ejecución de obras en forma privilegiada en su favor o en el de sus allegados o socios.
  • Ofrecerse para el desempeño de sus funciones o especialidades para las cuales no tengan capacidad y experiencia razonables.


14. Cuál es el procedimiento para denunciar, juzgar y sancionar a un ing., Arq. o Agrim. que viole el CEP-CODIA?

DENUNCIA: Toda persona física o moral, miembro del CODIA o no, podrá acusar uno o varios delegados, directivos o no, siempre que la denuncia manifieste hechos violatorios de la Ley del EP, el Reglamente Interno, el CE u otro reglamente codiano por parte del(de los) denunciado(s). Las denuncias, enviadas directamente al Presidente del TD, darán detalles de los hechos, incluyendo documentación y señalará el o los artículos violados

JUZGAR: Recibida la denuncia el fiscal tendrá un plazo no mayor de 15 días para someterla al Tribunal, junto a su recomendación, que hará después de haber analizado e investigado los hechos denunciados. El Presidente del Tribunal determinará los jueces que actuarán en el caso, así como el juez sustito; dará copias a estos del expediente y enviará otra al colegiado sometido, indicándole el lugar, día y hora fijada para la audiencia. Dicha fecha tendrá que estar comprendida entro los 30 días posteriores del recibo del sometimiento. El día de la audiencia el Colegiado sometido podrá asistir solo o acompañado de un Colegiado que actúe como defensor, el cual no podrá estar sometido al Tribunal Disciplinario. La audiencia se celebrara en la sede del Tribunal, el día y hora fijados por el Presidente. Se publicara un aviso con estos datos en la sede del Colegio por lo menos 8 días antes de la audiencia.

SANCIONAR


15. Hasta que grado funciona este mecanismo? Cite 3 casos en los que se haya juzgado y sancionado a un colegiado
Es un mecanismo no funcional, debido a que sus miembros se dedican a que todo se este cumpliendo sin interés en controlar las ilegalidades.


Se sanciono al Ingeniero Luis Peguero, con un año de suspensión de Exequátur, por amparar a alguien no inscrito en el CODIA.

Sanción al Ingeniero Jerónimo García, por violación del ART.-303.


El Colegio Dominicano de Ingenieros Arquitectos y Agrimensores (CODIA) aprobó llevar ante el tribunal disciplinario de ese organismo al geólogo Osiris de León, por supuesta violación al código de ética profesional. Según una resolución tomada en la asamblea de representantes del CODIA, el 26 de mayo de este año, y de la cual DL obtuvo una copia, se acordó además "desautorizar y descalificar" mediante un comunicado público a De León, por los pronunciamientos emitidos en contra del colegio. Se le acusa además de violar varios artículos de código de ética, entre ellos el 13, referente a "atentar contra la reputación y legítimos derechos de los otros profesionales". Escrito por Tania Molina para el Diario Libre.


El Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) entregó a la Dirección de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) pruebas de irregularidades cometidas por Héctor Rodríguez Pimentel cuando era director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI). Informe Alicia Ortega.


16. Cuáles de sus artículos considera han perdido vigencia o ya no son aplicables en estos tiempos?

Art. 9- Firmar inconsultamente planos, cálculos, diseños o cualquier otro trabajo intelectual fruto de la labor de otros profesionales.

Art. 10- Hacerse responsable de trabajos o proyectos que no estén bajo su inmediata dirección, de labor de otros profesionales.

Art. 15- Controvertir deliberadamente, a los principios de justicia y lealtad en sus relaciones con clientes, personal, subalternos y obreros; con relación a estos últimos de manera especial, en lo referente al mantenimiento de condiciones equitativas de trabajo y justa participación en las ganancias.


Fuentes:
1. Libro Azul del CODIA (Código de Ética)
2. Texto de filosofía
3. La Ética Profesional, del Dr. Silie Gaton
4. Publicación sobre La Ética, de la PUCAM,AIMA
5. Cualquier texto sobre ética.
6. Arq. dirigente o ex dirigente del CODIA y de la SDA

7. Paginas de Internet con definiciones sobre Ética.

8. Periódicos Dominicanos.